viernes, 27 de febrero de 2009

SISTEMA PREVISIONAL CHILENO. Consideraciones sobre la jubilación.

Debido a las modificaciones introducidas por la Reforma Previsional en el Sistema Previsional Chileno y cambios en la normativa vigente, éste artículo, cuya versión original era del año 2007 y que había sido modificado en reiteradas oportunidades, se ha reemplazodo en su totalidad por una nueva versión del 16 de Mayo de 2011 cuyo link es:

http://victorramio.blogspot.com/2011/05/el-sistema-previsional-chileno.html

19 comentarios:

  1. La persona que hizo el comentario parece se dió el trabajo de leer el mamotreto,y por su expresión, no le gustó.Interesante es conocer argumentos en pro y contra. Pero en fin, cada cual comenta según sus capacidades intelectuales.

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  2. si pudiera mandarme el articulo para que pueda leerlo, estaria gustoso.
    miguejimrix@hotmail.com

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  3. Victor te ¡felicito!, por tu análisis, considerando que no eres del área.
    Ahora, si has trabajado en AFP o Rentas Vitalicias en compañías de seguro, no tendría tanto valor. Sin embargo de todas maneras es un trabajo muy profesional.
    En terminos generales me inclino más por las Rentas Vitalicias, aún que siempre será necesario una evaluación previa, para cada caso.

    Favor envíame archivo por mail.
    mlopez@otecvisiónfuturo.cl

    ¡Que tengas un feliz año nuevo!

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  4. Tu articulo me pareció muy interesante y aclara torio. Felicitaciones por tu iniciativa de aportar desde tu experiencia que lo hace más confiable. Muchas gracias.

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  5. el articulo muy interesante,,bueno mi cituaciones la sig.me dan 71porciento de invalidez estoy en AFP ,nose que hacer ,quedarme ,o cambiar a una seguradora me an llamado de varias ,pero ...

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  6. Buena tu página Mi caso Estoy jubilado por invalidez total definitiva y he quedado con retiro programado, debido a que la AFP generó un SCOMP, sin entregarme el saldo, ni haber pedido o solicitado el SCOMP de mi parte, ¿qué se puede hacer en este caso? ¿Es legal que te sigan cobrando en la cartola cuatrimestral prima seguro de invalidez, siendo que ya no lo voy a usar más? Además mi empleador estando enterado de mi situación siguió cotizando en la AFP, ¿se puede recuperar esa plata? si se puede ¿como se tramita? ya que lamentablemente en la AFP en que me tropecé no dan ninguna respuesta, en el trabajo menos, les hago reclamos a través de su página WEB no contestando en lo absoluto. Además me interesa saber como calculan el cnu del causante de la conyugue y los hijos, ya que en la página de la safp aparece una circular con las tablas de mortandad y mejoramiento pero no logro entender la formula que ocupan, no creo que sea el primero, porque tengo la duda que, la pensión según el decreto 3500 para mi debiera ser el 70% del promedio de los 10 últimos años, trabajé hasta el ultimo y la pensión que me calcularon no sobrepasa el 60% o sea la AFP no completó el capital necesario para mi jubilación, cosa que nunca me respondieron con argumentos sólidos, solo se limitaron a confundirme mas, diciendo que no saco nada con acudir a la superintendencia porque igual siempre las AFP ganan y los afiliados solo van a perder el tiempo, es increíble la poca claridad , lo dispersa que está la información, la perdida del objetivo de las AFP y la débil situación que enfrentamos los afiliados, aunque sea 1 AFP, igual no estamos muy protegidos, Agradeceré tu respuesta y buen blog.

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  7. Anónimo: como no me das tus datos, no sé como contestarte. Asi que lo hago aqui.
    Lamento no poder ayudarte, pues como es un caso especial, nunca he indagado sobre las pensiones por invalidez.
    ¿En qué AFP estás? Porque lo que me dices es muy distinto a mi experiencia con Cuprum.
    Me parece casi imposible que te hayan mandado un SCOMP sin mencionar el saldo. Todos los que he visto (de varias AFPs) lo indican, pues es la base para los cálculos.
    La lógica me indica que al jubilar por invalidez, deberían haber puesto el monto del seguro en tu cuenta de la AFP y sobre el total calcular la pensión. Ahora, si tu empresa siguió cotizando, ahí puede que se cobre el seguro.Pero al dejar de cotizar, entiedo no debería ser así.
    Lo del 70% del "sueldo imponible" es válido para la jubilación anticipada. No sé que ocurre en el caso de invalidez.
    Lo del cnu: es kafkiano y yo tampoco he logrado entenderlo.
    Si eres jubilado pero sigues cotizando: entiendo que dicha cotización va a incrementar tu cuenta de la AFP y por lo tanto no sería recuperable.
    La respuesta que te ha dado la AFP me parece inaceptable.Están obligados a dar respueta a toda consulta de los afiliados. Yo he hecho a lo menos 25 consultas y todas han sido contestadas satisfactoriamente. Puedes hacerlo también a la Superintendencia de Pensiones, que también me han respondido, sólo que te consultan si ya heas hecho la pregunta a tu AFP.
    Yo tengo buena opinión del sistema y te sugiero no aceptar una situación como la que planteas.
    Saludos.

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  8. Gracias por responder victor, pero el tema del saldo el funcionario que me atendió aseguró y mas encima llamó a su supervisor para revisar, ya que este no cubría las necesidades que establece el decreto 3500 y la circular 1460 de la SAFP, no lo conciliaron faltando aproximado como 900 UF, por lo que se generó una solicitud para una explicación detallada y rechazo del mencionado, por este motivo. Requerimiento que nunca fue respondido, hasta que nos acercamos a la SAFP a consultar que se podía hacer y ahí nos cayó el balde de agua fría, ya que la AFP informó que el saldo estaba bien y que expiró el tiempo para solicitar modalidad de pensión, porque el afiliado no eligió y todas las veces que se concurrió a sus oficinas que consultamos, siempre con la respuesta que no había nada en línea, que nos llamarían por teléfono cuando estuviera lista la respuesta, por mi estado de salud y por la WEB ninguna respuesta. En consecuencia se aprovecharon de mi estado de salud y la legislación para quedarse con las lucas y dejarme con menos plata y sin poder elegir como jubilarme y con descuentos que aun no responden vía reclamo previsional, digno de una tragedia griega o un circo, en la SAFP quedaron en analizar el problema, pero me tienen desde el año pasado con todo aprobado pero sin ninguna fecha de pago ni respuesta telefónica, ni su página Web funciona bien, con deudas de dividendo, servicios, en silla de ruedas, o muletas, mas de 120.000 pesos mensual por medicamentos, gastos por concepto de colegiatura de mis hijos menores de edad y yo sin poder generar ningún recurso, por no poder desarrollar ningún cargo, ya no se a quien recurrir he agotado todos los medios, pero confío en que hay un ser supremo que todo lo ve y lo equilibra tarde o temprano, el nombre de la AFP me lo reservo, pero no es la tuya, es la segunda mejor calificada, increíble no?
    ATTE

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  9. Anónimo en problemas: no puedo menos que lamentar lo que te está ocurriendo y no estar en mis manos poder sugerirte alguna acción.
    Pero por lo que me dices, habría una aprobación de la SAFP pero que no han dado fecha ni concretado.
    Ojala no te falten las fuerzas para seguir tocando puertas; todas las que sean necesarias.
    No me queda más que agradecer tu contacto y desearte resuelvas favorablemente tu situación.
    Un cordial saludo.

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  10. Buscaré los medios para resolver tal problema, buscando en la WEB, se ve cada caso, uno anota reclamos.cl y se encuentra con cada historia respecto a la pérdida del norte de estas empresas, llámese aseguradoras y AFPs, que están creadas para mejorar las condiciones y asesorar a los afiliados y muchas están encontrando un negocio en este tipo de actos. A ver si después que pase el temporal te tengo buenas noticias, Dios quiera y que mi experiencia le sirva a alguien.
    Gracias

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  11. Víctor, en el tedioso trámite para jubilarse, me he encontrado con todo tipo de caso, pero en limpio como dato, las AFP a una persona ya jubilada, con dictamen en mano, no pueden dejarlo sin pensión, aunque exista un reclamo pendiente, cosa que parece AFP capital, ya lo digo hasta con apellido, no lo sabía o simplemente caso omiso.
    Recién pagaron un mes, después de esperar desde el año pasado y rezar a Dios.
    No se pero parece que la superintendencia reaccionó o alguien debe haber leído tanto sufrimiento de personas que después de una vida de trabajo, están recibiendo un portazo en la cara.
    Pero la AFP no sufrió nada, solo mi familia y yo que estamos por las cuerdas, pero te informo que estas empresas no deben dejar sin pago a sus afiliados, pero lo están haciendo, desde un principio debieron de haberme generado pago y no lo hicieron, creo no hay perdón de Dios. Haber si le sirve a alguien esta experiencia, odisea que aun no termina.
    Una consulta sabes cuanto es el porcentaje que deben cobrar las AFP sobre el retiro programado mensual, que por ahí me encontré un día con que era 1,25% para todas las AFP, pero no puedo encontrar la circular, ya que en la que estoy cobran más.
    Adiós

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  12. ¡Qué lastima que no me hayas dado tu mail, Anónimo, para contestarte!
    Lamento la mala experiencia que tuviste.
    Sobre tu consulta: hasta ahora todas las AFPs "antiguas", cobran el 1,25% sobre el monto de pensión. La nueva, "Modelo" tiene fijado un 1,20%

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  13. Me parece muy interesante todo lainvestigacion realizada.
    En estos momentos mi madre me ha pedido que la ayude a decidir, ella ya se retiro a comienzos de años pero tiene que decidir si irse a una aseguradora (ya tiene el SCOMP) o permanecer por un tiempo mas en la AFP.
    Por que comentas que esto es solo referencial, acaso uno puede llegar a negociar una mejor propuesta personalmente con alguna aseguradora?
    Agradeceria si puedieras enviarme el documento completo, de manera de poder comentarlo y tomar una decision informada.

    pvaldes18@hotmail.com

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  14. Hola. Con el mayor gusto te envío el trabajo completo. Está en adjunto.
    Te cuento que la decisión es muy complicada y depende mucho de la realidad de cada cual.
    En el largo plazo, es problable pero no seguro que los retiros programados sean más convenientes que las rentas vitalicias, además de la ventaja que indico respecto a las herencias y el beneficio tributario que tienen.
    Si el futuro pensionado tiene otros ingresos, como arriendo de propiedades, acciones etc, es una alternativa que recomiendo prestarle atención.
    Pero si el pensionado va a vivir exclusivamente de su pensión, debe ponderar muy bien el riesgo, aunque la probabilidad de acurrencia no sea alta, que la pensión sea fluctuante en el tiempo, pueda disminuir y eventualmente llegar a un agotamiento de los fondos y por lo tanto de la pensión.
    En mi caso, como lo indico en el artículo, he optado por definir una pensión en retiros programados que equivalga más o menos a la rentabilidad de mi fondo, tratando de mantener el capital intacto. Uno puede cambiar las veces que quiera el monto de la pensión (a costo cero), siempre que sea menor que la máxima que calcula la AFP año a año. Sé que ese esquema no siempre es apropiado ni práctico en muchos casos, pero a mi me acomoda muy bien.
    Para cualquier consulta, quedo a tu disposición.
    Te agradeceré acusar recibo de este mail, para estar seguro que la conversación ha sido cerrada.
    Saludos.
    Víctor Ramió.

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  16. ME GUSTARIA SABER QUE POSIBILIDADES TENGO DE RETIRAR MIS COTIZACIONES DE LA AFP SIENDO QUE RESIDO EN EL EXTRANJERO HACE DOS AÑOS Y NO ME JUBILARE EN CHILE,POR PROBLEMAS DE SALUD NI SIQUIERA PUEDO VIAJAR, TENGO UNA HIJA EN EL PAIS A QUIEN PODRIA DARLE UN PODER, POR FAVOR ESPERO SU RESPUESTA, GRACIAS. RESPONDER A telvir@hotmail.com

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  17. Copio respuesta de mi hermano a la consulta de Lina:
    Hola Víctor:
    Simplemente que no lo puede retirar hasta cumplir los 65 años, al igual
    que me pasa a mí.
    Sólo podían retirar antes aquellos extranjeros que hayan venido
    contratados a Chile desde otro país, cotizando luego por tanto en Chile, y
    que en ese país antes ya trabajasen y cotizasen ... es decir, muy poquita
    gente que esté en esas condiciones :-) pero que analizándolo fríamente
    tiene sentido que así sea, aunque me fastidie a mí que no había cotizado
    antes fuera de Chile.
    Si lo quiere retirar cumplidos ya los 65 ahí sí que no tengo ni idea
    porque como no era mi caso ni lo he preguntado.
    Es mejor que contacte con la AFP directamente porque estas cosas cambian
    de año en año. Yo he preguntado tres veces estando de paso en Santiago y
    siempre me he encontrado con bemoles.

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