domingo, 14 de mayo de 2017

IMPUESTO A LA HERENCIA


     Es un tema que ha estado en el ámbito de mis preocupaciones desde hace años.

     Me parece un impuesto con falta de lógica y nefasto por las siguientes razones:

1.      El patrimonio heredable fue construido por ingresos que en su oportunidad pagaron el tributo del global complementario, por lo que ahora gravarlo con un nuevo impuesto pareciera un aprovechamiento del fisco. A menos que la lógica sea: “Están recibiendo en forma gratuita un patrimonio que no ayudaron a crear por lo que el Estado puede echar mano a parte de él”.  

2.      Complica en exceso el proceso de posesión efectiva puesto que el requisito para otorgarla es haber pagado con anterioridad el impuesto. Aún en el caso que la masa heredable esté exenta, hay que hacer un inventario detallado de los bienes y obtener un certificado del SII que establezca dicha exención. Sin él, no hay posesión efectiva y los bienes quedan, por decirlo en forma gráfica, “congelados”.

Ahora, si está afecto a impuesto es un quebradero de cabeza: valorar el patrimonio detalladamente y hacer la partición, con beneplácito de abogados, asesores tributarios y liquidadores que se llevan parte de la torta.

Muchos deudos se ven en situación de no disponer de liquidez para afrontar el pago del impuesto y sin poder utilizar parte de la herencia para ese efecto. Habría una alternativa, siempre conducida por un abogado, no exenta de complicaciones en cuanto a tiempo y costo.

Hace poco me enteré que la esposa de un colega fallecido hace como un año, aún no puede disponer de los bienes que le dejó su marido, debiendo absorber las costas de abogados y demás profesionales que están participando en la tramitación. Un calvario.

3.      Para eludir ese impuesto, históricamente se han usado un sin número de figuras torcidas, creando empresas de papel que nada producen y cuyo único objetivo es disminuir el monto de la tributación. Esto agravado por el hecho que a pesar de la última reforma tributaria, las empresas (impuesto de 1ª Categoría) tributan el 25% mientras que el impuesto a las personas (2ª Categoría) puede llegar a 35%. Eso incentiva a crear empresas ficticias para que el nivel de impuestos sea menor.

Antes de la última reforma la situación era aún peor: impuestos de 20 y 40% respectivamente.

La simplificación del sistema tributario chileno me parece un imperativo (la última reforma, ya sabemos, complicó las cosas a un punto que ni los propios especialistas la entendían). Y dos aspectos en ese sentido (obviamente no los únicos) son:

·         Igualar el impuesto a las empresas y a las personas a una misma tasa y,

·         Eliminar el impuesto a la herencia.

Para ser elegido como candidato votable por este humilde servidor en las próximas elecciones presidenciales y parlamentarias de noviembre próximo, pongo dos condiciones necesarias:

a)      Que postule mantener el actual sistema de capitalización individual para las pensiones del 10% dentro del esquema vigente (AFP) y que con la cotización adicional (necesaria), se haga el mejor destino posible tanto para los actuales como para los futuros pensionados. Yo hice una propuesta en este blog a principio de abril, que es obvio no será considerada, pero puede ser otra “igualmente virtuosa”.  

b)      Que igualen el impuesto de empresas y personas como he indicado. Y si además eliminan el impuesto a la herencia, será un punto adicional a su favor.

El impacto de eliminar el impuesto a la herencia

     Lo recaudado por ingresos tributarios originados por el impuesto en cuestión, el año 2016, que fue comparativamente alto, alcanza a apenas el 0,305% de la recaudación tributaria anual. Poca cosa. Entre los años 2010 y 2014, esa recaudación fue de sólo 0,18%.

     El aumento, se dice, es porque el SII ahora está controlando en detalle cada cálculo. Creo que esos mismos recursos dirigidos a controlar mejor la elusión y evasión de impuestos en otros rubros, tendría un mejor resultado.

     El año 2016, 5.314 de las herencias pagaron impuestos, lo que equivale al 6,84% de las posesiones efectivas tramitadas. 

Datos relevantes sobre el impuesto a la herencia en Chile

     Es un impuesto gradual, como el global complementario. Lo paga cada heredero según el monto a recibir (no por la masa total a heredar).  

    Las primeras 600 UTM ($27.988.200 de mayo 2017) están exentas. Luego los tramos son variables, siendo el primero de una tributación del 1% hasta llegar a 25% para herencias superiores a $673.582.680.

     Un ejemplo: deudos esposa y 2 hijos con herencia total de $400.000.000. Distribución 50-25-25%. Esposa pagaría $5.689.817 y cada hijo$1.128.578. Total $7.946.974. Tasa media de impuesto 1,98%.

    Pero si la masa total heredable fuera $1.000.000.000, el impuesto total será de $58.097.477 (tasa media de 5,81%).

Téngase presente: Si no hay testamento, el trámite de posesión efectiva se realiza en el Registro Civil, sin necesidad de abogado, pero igual hay que hacer declaración y valorización de bienes para determinar el monto del impuesto o determinar su exención según el caso. Con testamento, el trámite debe ser realizado necesariamente a través de un abogado.

Comparación a nivel mundial

     Hay ejemplos para todos los gustos. Algunos países (15) no tienen en absoluto impuesto a le herencia, Australia, Canadá y Nueva Zelandia entre ellos. Y Japón es el que tiene la tasa máxima más alta: 55% (Chile un 25%).

     Hay casos especiales como España, en que en caso de dueños de empresas productoras, quedan liberadas del pago de impuestos siempre que éstas sigan en manos de los familiares durante por lo menos 10 años.

¿Es factible eliminar ese impuesto en Chile?

     Parece poco probable, pues sería percibido como un beneficio para los más ricos.

     Entre las pre candidaturas presidenciales, Felipe Kast ha anunciado su intención de eliminarlo, al igual que MEO, aunque este último, por lo menos en su anterior campaña, proponía un impuesto al patrimonio que hoy no existe.

     Y una curiosidad: Donald Trump, dentro de su interés de bajar drásticamente los impuestos, ha anunciado la eliminación del impuesto a la herencia (hoy llega al 40%). Postura que dentro de mi limitado entendimiento, no logro comprender considerando que la deuda pública de USA alcanzó el año 2015 a la sideral cifra de 105,61% del PIB (Chile 17,37%). ¿Y puede bajar los impuestos a diestra y siniestra? Pero ya lo han dicho muchos: Trump es tan incomprensible como impredecible.

     Está claro que al ser ese presidente quien postula terminar con el impuesto a la herencia, es un mal ejemplo que no aporta nada a favor de mi interés por eliminarlo.

Nota: Parte de los datos y antecedentes del presente artículo, tienen como referencia el artículo “El impacto del impuesto a las herencias: Pymes son las más afectadas, y surgen voces que piden su eliminación”, publicado en El Mercurio el día 7 de mayo de 2017.