miércoles, 19 de octubre de 2011

SISTEMA PREVISIONAL CHILENO. MITOS Y REALIDADES. Parte 2: El Monto de las Pensiones

     Visto lo relativo a la rentabilidad de los fondos de pensiones (Parte 1), entremos al monto de las pensiones.

     En esta serie de 4 publicaciones, mi intención es analizar las críticas que se hacen al sistema previsional chileno, muchas de ellas lapidarias.
     Como lo indiqué en la Parte 1, considero dos casos reales de personas, cuya trayectoria de cotizaciones se describió en Parte 1.
     Por si alguien no la hubiera leído, un breve resumen.

NN1: Cotizó entre 1972 a 2006 por una renta imponible promedio mensual de 53,33 UF. Jubila el año 2006, a los 59 años.

NN2: Período laboral entre 1971 al 2011. Cotizó sólo el 45,9% del total de los meses, con renta imponible promedio (en los 40 años) de 27,98 UF. Jubila el año 2011, a los 65 años.

CRÍTICAS AL MONTO DE LAS PENSIONES

     Como en la primera parte, usaré algunas publicaciones de detractores del sistema (en la parte pertinente), para focalizar las críticas.

AFP: 30 Años de mentiras. Parte 3.
Por Ricardo Hormazábal Abogado, Profesor Universidad de Chile.


     Han pasado 30 años y la promesa de José Piñera de alcanzar una pensión equivalente al 70% del valor de la última remuneración en actividad no había sido cumplida afectando a los casi 900 mil pensionados de este sistema.
     Mientras a los trabajadores les ha ido mal, cotizan en promedio la mitad de su vida laboral, las AFP se llevan un 25% de lo que se paga para previsión, las remuneraciones son bajas y las pensiones son y serán entre el 25% y el 40% de su última remuneración.

Nota del autor: ¿Por qué habrían de cotizar la mitad de su vida laboral? De ser así, no es de extrañar que las pensiones sean muy bajas. El Sr. Piñera, supongo nunca pensó que ese sería el escenario.

LA ANEF Y LA REFORMA AL SISTEMA PREVISIONAL CHILENO.
Santiago de Chile, Abril de 2006.


     Del mismo modo ocurre con el sistema previsional. La abusiva apropiación de los fondos aportados forzosamente por los trabajadores a los propietarios de la AFP, se efectúa en tales condiciones, que su producto son ínfimas pensiones, incompatibles con el justo derecho a una vejez digna y decente, al cabo de un tiempo en que los aportes previsionales sirvieron a los dueños de las AFP para incrementar de un modo inmoral sus grandes riquezas y privilegios.

¿Por qué condenar a los trabajadores a pensiones miserables?
Por Álvaro Lagos F. (Chile)
Jueves, 15 de Diciembre de 2005


     En el actual sistema previsional, es decir, el de las AFPs más de la mitad no alcanzará una pensión mínima ( la pensión mínima es $ 76.000.-) y de la otra mitad, un 80% no tendrá una jubilación digna y tampoco se cumplirá con lo prometido por las Vendedoras de ilusiones, como nuestra organización bautizó a la AFPs, es decir, lograr una pensión del 70% de la última remuneración, y para respaldar estas afirmaciones tenemos lo señalado por uno de los expositores en Casapiedra, el Sr. Hernán Cheyre (socio de Econsult) quien dentro de su exposición señaló: para que un trabajador logre una pensión del 70% de su últimas remuneración, es necesario que comience a cotizar a los 18 años, esto significa, que la persona saliendo de la enseñanza media debería empezar a cotizar y por otro lado un trabajador que comience a cotizar a los 30 años sólo podrá acceder a una pensión del 40% de su últimas remuneración.

MI ANÁLISIS

     Debo mencionar que la medición de “sueldo promedio de los últimos 10 años”, en muchos casos, lleva a errores mayúsculos. Es válido para alguien que ha cotizado regularmente y se pensiona a la edad establecida (65 años los varones y 60 las damas).
Miren lo que puede pasar:

• Si alguien, en los últimos años, hubiera cotizado por rentas menores que en los años anteriores, su pensión en relación al sueldo imponible de los 10 últimos años, podría llegar a valores elevadísimos. Hasta llegar al absurdo que, si no cotizara entre los 55 y 64 años, esa relación sería infinita.

• Por otro lado, un trabajador que durante los primeros 20 años haya tenido bajos ingresos, con muchas lagunas de cotizaciones, y en los últimos 10 sueldos altos con cotización constante, la relación necesariamente será baja.

     Por lo indicado, prefiero referirme al “promedio de cotizaciones durante toda la vida laboral”, aunque usaré el otro concepto cuando sea pertinente.

La historia real:

     Veamos los casos comprobables y demostrables de NN1 y NN2.


     En el caso de NN1, al jubilar a los 59 años, la relación se ve afectada desfavorablemente.

     Alguien dirá: ¿y por qué no muestra la relación respecto al sueldo imponible de los 10 últimos años? Lo haré, para demostrar lo engañoso que puede ser ese indicador.


     Ya ven: dos casos de la vida real, y el indicador de los 10 años distorsiona cualquier análisis. Pero reitero, para cotizaciones constantes, sin lagunas importantes, es uno de los tantos referentes que se pueden considerar.
     Hasta aquí lo que es historia y realidad. Y verán que, dentro de las singularidades de los dos cotizantes considerados, las pensiones han resultado bastante aceptables (esto es un juicio, lo tengo claro).

Si NN1 invierte la secuencia de sus cotizaciones

     Me refiero: en vez de haber cotizado los últimos 67 meses por 21 UF y anteriormente por 60, estos 67 meses hubieran sido los primeros, la situación sería la siguiente:

Situación real: Pensión de 42,95 UF (80,54% del sueldo imponible promedio).
Situación invertida: Pensión de 33,44 UF (62,70% del sueldo imponible promedio).

     No, no hay ningún error.
     En ambos casos: se cotizó exactamente por el mismo número de meses, por un total de imposiciones idéntico, y se jubiló en el mismo momento. ¡Y la diferencia es abismante!
     Digamos que la situación invertida es irreal: el sistema no hubiera permitido a NN1 jubilar a los 59 años, pues no obtenía las 42 UF mínimas requeridas (70% del sueldo imponible de los últimos 10 años). Hubiera tenido que seguir trabajando y cotizando hasta cumplir el requisito.

    El efecto de los primeros años de cotización es enorme, sobretodo como se dieron las cosas, en que los primeros años la rentabilidad fue especialmente alta.
     Por otro lado, las cotizaciones de los últimos años, tienen un efecto muy discreto.
     Esto hace importante considerar los casos de sueldos crecientes en el tiempo, que es la situación que se da en una alta proporción de los casos. Me ocuparé del punto.

Si NN1 se hubiera pensionado a los 64 años

     Ahora podemos, basándonos en las rentabilidades reales hasta el presente (1981-2011), estimar cual sería la situación si NN1 hubiera jubilado en mayo de 2011 (en vez del 2006), y hubiera mantenido una cotización constante por 60 UF, sin lagunas.

     En este caso, y con las normas vigentes actualmente, hubiera obtenido una pensión de 68,78 UF, que equivale a un 115% del sueldo imponible (tanto de todo el período de cotizaciones como de los últimos 10 años, dado que éste se supuso constante en 60UF).
     Digamos que, para las rentabilidades indicadas, éste sería el escenario más favorable posible: cotización constante por el máximo, sin lagunas y jubilando a la edad establecida por la ley.

Otras situaciones proyectadas

     Ahora entraré a un terreno más teórico y especulativo, para mostrar situaciones de trabajadores que hubieran empezado su vida laboral justo en julio de 1981, cuando entró en vigencia el sistema y por lo tanto, todas sus cotizaciones las efectuara en el nuevo sistema.

     Empieza a trabajar a los 25 años (no a los 18 como dice uno de los comentarios detractores), y jubila a los 65 (año 2021).

     La rentabilidad considerada hasta septiembre de 2011, es la real del Fondo C (Cuprum). De ahí para adelante hay que suponer una rentabilidad: tomé la más conservadora sugerida por la Superintendencia de Pensiones: Fondo E y rentabilidad de 4,7%.

     Hay que mencionar que el monto de la pensión depende de la situación familiar al momento de pensionarse. Se toma el caso de NN1 (casado, sin otras cargas familiares dependientes).

Situaciones consideradas:

1. Cotización constante de 60 UF, sin períodos de lagunas en las imposiciones. Ahora el tope es de 66 UF, pero nos quedaremos con el valor de 60, para tener una misma base de comparación con los casos reales ya analizados.

2. Cotización inicial de 20 UF, con incrementos anuales del 5%. Llega al tope de 60 UF el año 2004 (a los 48 años). Cotiza todos los meses.

3. Como caso 2, pero con una cesantía del 8,83% distribuída en forma uniforme. Ese valor debería estar cercano a una cesantía promedio.

4. Cotización inicial de 20 UF, con incrementos de 2% anual. Al mes antes de jubilar, llega a una renta imponible de 44,1 UF. Sin lagunas de imposiciones.

     Veamos cuales serían los montos de pensiones esperadas:


     Y si esas pensiones se expresan como porcentaje del sueldo imponible, tanto durante toda la vida laboral como promedio de los últimos 10 años, tenemos el siguiente resultado:



     He omitido el caso de lagunas en las imposiciones, pues si éstas se distribuyen uniformemente durante los 40 años que se cotiza, las relaciones no cambian significativamente.

Un caso extremo: El mismo caso de aumento de sueldo de 5% anual, sueldo inicial de 20 UF, pero que en los 30 primeros años cotiza sólo la mitad de los meses, y en los últimos 10, por el máximo de 60 UF y sin lagunas de imposiciones. Es una suposición sin mucha lógica, sólo para ver los resultados del caso. Éstos serían:

Pensión de 24,79 UF, que corresponden al 80,51% del sueldo promedio de todo el período (40 años), y 41,32% del sueldo imponible de los últimos 10 años.

     Convengamos que considerar esta situación absolutamente anormal y desfavorable para la lógica del sistema, es llegar un poco lejos.

Dos casos hipotéticos. Tomemos el caso del trabajador cuyo sueldo inicial era 20 UF, con aumentos anuales de 2%, sin lagunas de imposiciones, pero supongamos que la rentabilidad de las cuotas, en vez de ser las reales entre 1981 a 2011, fuera de 4,7% anual, valor sugerido por la Superintendencia de Pensiones para el Fondo E.

Pensión de 22,64 UF, que corresponde al 74,35% del sueldo promedio imponible de todo el período (40 años) y 56,66% del sueldo imponible de los últimos 10 años.

      Y si tomamos la rentabilidad que vaticinan algunas voces de apenas un 2% anual, la pensión sería de apenas 12,86 UF, correspondiente al 32,12% del sueldo imponible de los últimos 10 años.

     Digamos, pues, que quienes critican al sistema por sus bajas pensiones, presentan cifras parecidas a las que he considerado como situaciones extremas. Suponen no sólo que las rentabilidades históricas (30 años) no se repetirán a futuro, sino que ellas serán drásticamente menores. Y frente a esa postura, no tengo nada que argumentar. Cada cual puede visualizar el futuro de acuerdo a su mejor entendimiento.

MIS CONCLUSIONES

1. Es imposible hablar del monto de pensión o su porcentaje respecto al sueldo, sin entrar en los detalles, mes a mes, de sus cotizaciones. Cada caso es particular y específico. La generalización conduce a muchos errores.

2. En los distintos escenarios analizados, 2 de la vida real y los otros con supuestos que considero bastante aterrizados, en los 30 años de existencia el sistema, habría dado resultados aún mejores que los considerados en su diseño.

3. El calificativo de pensiones “paupérrimas”, “indignas”, “expropiatorias” y que “las pensiones son y serán entre un 25% y un 40% de la última remuneración”, lo aquí analizado me indica que son escenarios de baja probabilidad de ocurrencia. En condiciones normales, y en los 30 años de historia, las pensiones, reales y proyectadas, resultan por encima del 70% considerado en el proyecto.

4. Este último juicio lo aplico únicamente al caso de los hombres. La situación de las mujeres requiere otro análisis, que tocaré en la Parte 4.

5. Reitero lo dicho en la Parte 1: La historia es historia. Lo que pueda ocurrir a futuro, entra en un terreno especulativo.

6. No sé porque hablan de 70% de la última remuneración. Hasta donde tengo entendido, esa cifra se refería al promedio de los 10 últimos años.

7. No objeto que las pensiones, en muchos casos, sean decepcionantes. ¡Pero el problema está en la precariedad del sistema de remuneraciones chileno y las malas prácticas en el pago de las imposiciones. No en las AFPs como dicen muchos detractores.

8. Digo lo anterior por lo siguiente: a) Los sueldos son, en general, bajos. b) Muchos trabajos son sin contrato y por lo tanto, no imponen. Muchos dicen: “prefiero me paguen directamente el monto de las imposiciones; la plata la necesito hoy. c) O cuando imponen, lo hacen por el mínimo, con la anuencia del trabajador, para recibir un mayor sueldo líquido (a menudo se distribuye el “beneficio” entre empleado y empleador). d) Las lagunas en las imposiciones son, en muchos casos, la norma. e) Quienes trabajan en forma independiente, normalmente no imponen (con la Reforma Previsional, ahora deben hacerlo. f) Simplemente, se le dobla la mano al sistema, tanto en la letra como en su espíritu. Y g) Al momento de jubilar, sobreviene la desazón.

9. Por todo lo dicho, no puedo menos que declarar mi discrepancia con respecto a las críticas relativas al monto de las pensiones (hombres), basados en los antecedentes históricos. Si las pensiones resultan bajas, las causas están en otro lado y no en el diseño del sistema previsional.

10. Ahora, si se cumpliera el vaticinio que las rentabilidades futuras serán un desastre, ¡Que el diablo nos pille confesados!

2 comentarios:

  1. El problema del sistema de pensiones solidario de reparto es técnico, no político. Es más fácil entender cómo funciona un sistema solidario o de reparto de pensiones si le pregunto a usted.
    ¿Pueden sus hijos que se supone que trabajan financiarle una jubilación digna como a usted le gustaría?
    ¿Tiene los hijos suficientes para financiarla?
    ¿Estarían dispuestos a hacerlo?
    ¿Por qué no se podría proyectar este ejercicio al resto del país?
    "No mas AFP" es una consigna que no propone nada mejor en su reemplazo, volver de nuevo al sistema de reparto no es viable debido al aumento de la expectativa de vida (muchos caciques y pocos indios), por lo tanto lo más razonable es seguir mejorando el actual sistema de AFP, que da el paso al seguro de renta vitalicia que otorga una pensión estable para toda la vida y que se puede garantizar a otras personas en reemplazo de la herencia, la compañía de seguros asumen el riesgo financiero y de sobrevida.
    Las pensiones paupérrimas que afectan a algunas personas de nuestra generación se deben a que provienen del antiguo sistema de reparto de pensiones, porque solo se reconocieron una pequeña parte de las cotizaciones en las cajas de previsión social entre 1979 y 1981 que dieron como resultado un bono de reconocimiento muy bajo provenientes de fondos que no existían. Todo lo demás se perdió porque se gasto en los jubilados de la época en un sistema donde no había ahorro.
    Subir la edad de jubilación está bien en un sistema de reparto de pensiones pero no en uno de capitalización individual. Lo que hay que hacer es mejorar los mecanismos de ahorro como el APVC que no tiene los incentivos tributarios suficientes para su difusión.
    En cuanto al lucro la misma Superintendencia de Pensiones sugiere que el sistema da para bajar los costos: http://www.spensiones.cl/portal/informes/581/articles-3483_pdf.pdf y se está trabajando en ello.
    Eso sí que parte la responsabilidad de bajar sus costos requiere de la voluntad de los mismos afiliados. Si no ¿porque los que se encuentran en la AFP Plan Vital no se cambian a la AFP Modelo? Entonces, ¿los afiliados se cambiarán a una AFP estatal más barata?

    Cordialmente, Luis Fernando Correa, Asesor Previsional

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  2. Luis Fernando: gracias por tu aporte. Estoy totalmente de acuerdo contigo. Lo que no tengo claro es que parte de las bajas pensiones sean responsabilidad del sistema antiguo. En mi caso, que empecé a trabajar el año 1972, el bono de reconocimiento funcionó como se esperaba.
    Saludos.

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