domingo, 30 de marzo de 2014

Reforma tributaria: ¡AYÚDENME A ENTENDERLA!

     Por necesidad, dado que desde hace décadas yo mismo hago mi declaración de impuestos, algo entiendo de cómo funciona el actual sistema tributario chileno en lo que respecta al impuesto global complementario que deben pagar las personas naturales y al impuesto de 1ª. Categoría que pagan las empresas.

     Uno de los pilares del gobierno de la presidenta Bachelet, contenidos en su programa de gobierno, es la bullada REFORMA TRIBUTARIA que, dicho sea de paso, considero hay que hacerla tomando en cuenta que el fisco debe tener los recursos para financiar los gastos permanentes que están en carpeta y que el país necesita (educación pública de calidad y salud digna entre otras); tratar de llegar a una mejor distribución de la riqueza (que los ricos paguen lo que corresponde) y evitar, hasta donde sea posible, tanto la evasión como la elusión de impuestos.
     Pero por lo que ha sido dicho por los personeros de gobierno, NO LE ENCUENTRO PIES NI CABEZA, sino que va en sentido contrario a lo que se pretende. Modesta opinión de un ciudadano de a pie, que se atreve a hacer el ridículo contradiciendo a mentes brillantes que seguramente ostentan títulos de doctorado en prestigiosas universidades.

     Dos puntos han trascendido que dan en el blanco de lo que considero un absurdo:
  • ·         Se subirá el impuesto a la empresas (1ª categoría) del 20 al 25%. Algunos empresarios arrugan el ceño y otros dicen que no los afecta mayormente.
  • ·         Se bajará el impuesto a las personas. Se bajará la tasa máxima de 40% a 35%. Perfecto dicen algunos.

     Nada más sensato para la mayoría: que los ricos (empresarios) paguen más, y los ciudadanos comunes y corriente, menos. Pero de sensatez no tiene nada.

     El razonamiento es simple:
     Aunque parezca increíble, las empresas no pagan impuestos. Quienes lo hacen son las personas. No sólo lo digo yo, sino que hoy se lo escuché a Roberto Fantuzzi (Asexma) en el programa “Mirada Económica” de Canal 24 horas.
     El impuesto d 1ª categoría, es un anticipo del impuesto que en definitiva pagarán las personas en el global complementario por las utilidades que hayan obtenido las empresas de las cuales son dueños o accionistas.
     Un ejemplo, para simplificar, de una persona que tributa en el rango máximo de impuesto (40%) y cuyas utilidades adicionales (renta por dividendos, por ejemplo) que debe declarar sea $1.000.000.

     Norma tributaria actual:
          Por ese $1.000.000 la empresa o sociedad anónima debe pagar el 20% de 1ª categoría. El fisco recibe $200.000 en ese momento.
     Al declarar el global complementario, ese $1.000.000 debería pagar 40%, o sea $400.000, pero como la empresa ya pagó $200.000 (se acredita ese pago), lo que debe pagar realmente nuestro amigo contribuyente son los $200.000 que faltan.
     Por esa utilidad de $1.000.000, el fisco se lleva la bonita suma de $400.000.

     Norma tributaria según la reforma anunciada (según los trascendidos)
     Como el tributo de las empresas se dice subirá a 25%, entonces por el $1.000.000 de utilidades, como impuesto de 1ª categoría el fisco recibirá $250.000.
     Al declarar el global complementario, ese privilegiado contribuyente tributará ya no en el rango del 40%, sino del 35%.  Ergo, su impuesto será de $350.000, que descontados los $250.000 ya pagados por la empresa, le queda por pagar $100.000.
     Con la reforma, entonces, el fisco recibirá $350.000, en vez de los $400.000 que recibiría con la normativa actual. No parece buen negocio para las arcas fiscales.
     ¿Dónde está el error de ese razonamiento? Si algún lector lo conoce, por favor avíseme para hacer la aclaración que corresponda.



     EL VILIPENDIADO FUT
     Su concepto es que las empresas (sus propietarios y accionistas) paguen impuesto por las utilidades que se distribuyan. La parte que se capitaliza para reinvertir (creación de nuevos negocios, modernización tecnológica etc), no paga impuestos (quedan diferidos indefinidamente). Buen concepto, creo yo, pero como ya mencioné en otro artículo, siempre que esa inversión se haga en Chile. Si se llevan a otros países, como ocurre, es un pésimo negocio para el país.

     Si se cambia el concepto que tributen todas las utilidades devengadas y no sólo las distribuidas, y se acreditan esos impuestos como ya pagados cuando nos toque declarar el global complementario, realmente habrá una mayor recaudación de impuestos (no voy a marear los con números), pero por efecto de haber eliminado el FUT y no por haber subido el impuesto de 1a categoría del 20 al 25%. Esos mayores impuestos quedarían en parte atenuados por medidas paliativas que se supone están consideradas por la mencionada eliminación, como la depreciación instantánea para las inversiones. 


     Veremos qué ocurre cuando se conozca   mañana el texto del proyecto de reforma.

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