La propuesta de no pocos de abolir el sistema previsional vigente y retornar a un esquema estatal y de reparto, requiere de la mayor atención. Le he tenido que dedicar muchas horas.
CRÍTICAS AL SISTEMA DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL Y PROPUESTAS PARA REINSTAURAR UN SISTEMA DE REPARTO.
Veamos sólo un par a modo de ilustración.
Fin de las AFP: Se abre el debate en Chile
Manuel Riesco. SENDA Chile
Luego, CENDA planteó que la crisis abre las puertas para reconstruir un moderno sistema previsional público basado en el sistema de reparto, que no es otra cosa que un seguro de base muy amplia en el cual los activos y sus empleadores cotizan una prima moderada con la cual se financia de modo estable pensiones decentes definidas y de por vida a los que no pueden trabajar.
Este sistema ha comprobado su eficacia a lo largo de más de un siglo en todos los países desarrollados sin excepción.
Nota del autor: los conceptos de primas moderadas, financiamiento estable y eficacia en los países desarrollados, serán analizados en el artículo.
Parlamentarios exigen recuperar previsión chilena de manos de las AFP
Por Estefani Carrasco Rivera de la redacción de El Ciudadano.
Ayer, 12 de octubre (2011), un grupo de 18 senadores de diferentes colores políticos entre ellos, Mariano Ruiz Esquide (DC), Lily Pérez (RN), Jaime Quintana (PPD), Carlos Cantero (IND), Soledad Alvear (DC), Ricardo Lagos (PPD), Isabel Allende (PS), firmó un Proyecto de Acuerdo donde piden el retorno al sistema del ex INP. El próximo martes 18 de octubre, dicha propuesta se tratará y votará en la Cámara Alta.
Ricardo Hormazábal, ex senador, abogado y presidente de la reciente organización Acusa (Asociación de Consumidores y Usuarios de Servicios Previsionales de AFP y Entidades Afines) señaló que los trabajadores fueron “engañados” con la publicidad de las AFP y que, actualmente, las jubilaciones son 3 ó 4 veces inferiores a las que otorgaba el INP.
Nota del autor: me parece preocupante la posición de los senadores, pues en su lugar, yo hubiera propuesto una profunda revisión del sistema, sin dar ya la solución del sistema ex INP (reparto).Explicaré el porque. Sobre el engaño: mi juicio es que no hubo tal. Hay casos que es cierto que las pensiones pueden llegar, en casos extremos, a 3 o 4 veces inferiores al sistema antiguo; pero hay que entender las razones. Trataré de explicarlo.
MI ANÁLISIS
Al igual que en la Parte 5, se mostrarán las pensiones expresadas como rentas vitalicias (RV), por ser valores constantes durante toda la vida. Reitero que éstas suelen ser un 10% menores que lo que se obtienen en el primer año en retiros programados (RP).
Todos los valores se mostrarán en UF.
Analizaré 2 escenarios de rentabilidad para los fondos de pensiones: a) Uno de rentabilidad constante de 4,7% anual, que es el valor sugerido por la Superintendencia de Pensiones (SP) para el fondo más conservador (E) y b) Otro con la rentabilidad real obtenida por el fondo C (Cuprum) desde julio de 1981 hasta septiembre de 2011 y proyectando a una rentabilidad de 4,7% para los años que falten en cada caso hasta llegar a la edad de jubilación.
En todos los casos, las cotizaciones se inician en julio de 1981, fecha que entró en vigencia el actual sistema.
Salvo que se indique lo contrario, los sueldos promedio durante toda la vida laboral, serán de 30,48 UF.
Los hombres jubilan a los 65 años (año 2021), y las mujeres, a los 60 (año 2016). Ambos empiezan a cotizar a los 25 años de edad.
Las secuencias de cotizaciones supuestas, que como se verá es una variable fundamental para la determinación de las pensiones, son las siguientes:
Caso 20+2%: Se inicia la cotización por el sueldo de 20 UF, con incrementos anuales del 2%. Al momento de pensionarse su sueldo alcanza a 44,1 UF en los hombres y 39,9 UF las mujeres. Equivale a personas que tienen un continuo ascenso en sus remuneraciones, lo que suele ser de frecuente ocurrencia.
Caso Gauss: Se define una secuencia de cotizaciones, con una distribución similar a la gaussiana, con el promedio dicho (30,48 UF) y una desviación estándar (STD) de 6,57. Es la representación de casos en que en sus primeros años, el trabajador tiene sueldos más bien bajos (período de aprendizaje y adquisición de competencias), logra los sueldos más altos en su vida laboral media y decrecen en edad avanzada donde, por desgracia, debe conformarse con trabajos de menor remuneración. Sabemos de muchos casos que pasados los 50, ya son considerados demasiado “viejos” para optar a nuevos trabajos bien remunerados.
Caso de sueldo constante: de 30,48 UF durante todo el período laboral. En algunos casos, se mostrará la misma situación pero por un sueldo de 60 UF. Este último caso representa situaciones de alta calificación, principalmente profesionales.
Dicho en forma gráfica, la representación de los 3 casos, es:
Nota: pinchando el gráfico se obtiene una versión ampliada.
En la primera parte del análisis se considera una cotización constante (sin lagunas), durante toda la vida laboral. En un capítulo especial, se verá el efecto de las lagunas (cesantía y períodos laboralmente inactivos), que es otra de las variables relevantes al momento de calcular las pensiones.
EL ANTIGUO SISTEMA DE REPARTO
Hay que hacer una rápida descripción del sistema antiguo, para entender de qué estamos hablando.
Llegaron a ser 35 las cajas para pensiones y hasta 200 regímenes previsionales diferentes, por lo que bucear en ellos, que son parte de la historia, resulta una labor tediosa.
En el año 1981, se fusionaron todas en el ex INP, hoy IPS.
Me referiré a EMPART (Caja de Empleados Particulares), que entiendo es la única vigente, pudiendo cotizar en ella las asesoras del hogar.
Digamos que EMPART se creó en el año 1952, por ley No. 10.475.
Requisitos de edad para pensionarse de EMPART
Por jubilación:
1. Hombres: 65 años.
2. Mujeres: 65 años, con un año menos por cada 5 años de servicio, con una deducción máxima de 5 años. O sea, podían pensionarse, en el mejor de los casos, a los 60 años.
Por antigüedad:
1. Hombres: 35 años de servicio.
2. Mujeres: 30 años de servicio (se supone, no continuos) con 25 trabajados o 55 años de edad con 20 trabajados(cotizados)
Al fusionarse las cajas el año 1981, se fijó en forma única la edad para pensionarse en 65 años para los hombres y 60 para las mujeres.
Como se calculaban las pensiones:
Pensión = SB* años efectivamente cotizados/35, en que:
SB: sueldo base imponible promedio de los últimos 5 años
Tope máximo pensión: 45 UF.
SHOCK INICIAL
Partamos por lo que normalmente se compara ente ambos sistemas: el monto de las pensiones. Para magnificar el efecto, se supone una rentabilidad de los fondos constantes de 4,7%, bastante menor que la obtenida en los 30 años de vida del actual sistema.
Caso damas:
¿No es para producir un shock?
Para sueldos crecientes en el tiempo, es donde se obtiene la mayor diferencia, dándole razón a quienes hablan de pensiones entre 3 y 4 veces menores que en el sistema de reparto. Y en los otros casos, la diferencia es igualmente impactante.
Partí por las damas pues, como indiqué en Parte 5, el sistema de capitalización individual, así como está diseñado hoy, las desfavorece abiertamente.
Caso varones
La misma situación para los varones, es:
No por ser algo más atenuada, deja de ser claramente más atractiva la alternativa de reparto en la mayoría de los casos.
EL GRAN PERO DE ESTA COMPARACIÓN
Si nos quedamos en este punto del análisis, cometemos un error garrafal.
Resulta que el porcentaje cotizado en ambos casos es totalmente distinto: en el año 1980, la cotización en EMPART era de 24,91% del sueldo base imponible (10,16% de cargo del trabajador y 14,75% de cargo del empleador), y la cotización en el sistema de capitalización individual era hasta el año 2008, 11,9%, incluida la comisión de la AFP. (Hoy ha bajado y es del orden de 11,5%)
Por lo tanto, para una comparación equivalente, necesariamente debemos suponer el mismo porcentaje de cotización en ambos casos.
Punto 1: el sistema vigente es significativamente más “barato” que el antiguo y
Punto 2: en la actualidad, la cotización de la ex EMPART (IPS) es de 18,84%. Si le restamos la comisión de las AFP de 1,9% que he considerado en los cálculos, queda una cotización para el fondo de pensiones de 16,94%, que es el valor que usaré en las proyecciones siguientes, salvo que se indique lo contrario.
Adelantándome a lo que mostraré más adelante, las cotizaciones para la jubilación en Europa tiene valores parecidos: Alemania, 19,5%. Francia, 16,65%. Suecia, 20,5%. (Según el artículo que se consulte, las cifras varían, pues parece que las cambian con cierta frecuencia. Pero el rango es ése. En todos los casos, una parte es de aporte del trabajador, y otro del empleador).
COMPARACIÓN CON IGUALDAD DE COTIZACIONES A RENTABILIDAD DE 4,7% ANUAL.
En el caso de las damas, al igualar las cotizaciones al 16,94% del sueldo imponible, y siempre manteniendo una rentabilidad constante de 4,7% anual, el gráfico anterior se transforma en:
A pesar del ajuste mencionado, para la mayoría de los casos, el antiguo sistema de reparto sigue siendo más conveniente para la trabajadora, para una rentabilidad del 4,7%.
Para los hombres, siempre manteniendo la tasa de rentabilidad conservadora de 4,7%, se obtiene el siguiente resultado:
Con excepción del caso de sueldos permanentemente crecientes en el tiempo (que favorece al sistema de reparto por calcularse la pensión en base a los 5 últimos años cotizados), para los varones el actual sistema los favorece ampliamente.
COMPARACIÓN CON IGUALDAD DE COTIZACIONES Y RENTABILIDAD REAL DE 1981 A 2011 Y PROYECTADA DE 4,7%
Los resultados se muestran en los siguientes gráficos:
Mujeres:
Ahora, excepto para el caso de sueldos siempre crecientes (por lo ya dicho), el sistema vigente resulta claramente más conveniente.
Hombres:
Sin excepción, el sistema vigente es, por lejos, mucho más favorable.
¿Cuál sistema es mejor, desde el punto de vista del pensionado(a)? Todo depende del escenario en que queramos ponernos.
Aunque sea motivo de las conclusiones, parece saltar a la vista que el monto que se cotiza es demasiado bajo. No sólo al compararnos con EMPART, sino con otros países.
SECCIÓN ESPECIAL. EFECTO DE LAS LAGUNAS (PERÍODOS SIN COTIZAR) EN EL MONTO DE LAS PENSIONES.
La existencia de períodos sin cotizaciones es de ocurrencia frecuente; ya sea por períodos de cesantía o por decisión de dejar de trabajar por algún tiempo, impensable en un hombre pero bastante común en las mujeres, por ejemplo, para dedicarse a la crianza de los hijos en sus primeros años.
Para desfavorecer al sistema vigente, tomaré el caso de sueldo inicial de 20 UF con incrementos anuales de 2% que, como vimos, es el esquema que más favorece al sistema de reparto.
Se asumirá una cesantía del 15%, según la siguiente distribución:
El efecto, tanto en el caso de varones como damas, se observa en el siguiente gráfico:
Al observar los resultados, se encuentra:
• Que el efecto de las lagunas en las imposiciones, bajo los supuestos considerados, es de mayor significación en el sistema de capitalización individual que en el de reparto.
• Al tomar en cuenta la rentabilidad histórica, los resultados, como en el caso sin lagunas, demuestran una mejor pensión con el sistema vigente para los hombres y peores para las mujeres.
Si tomamos el caso de sueldo constante de 30,48 UF, se obtiene:
En este escenario, el actual sistema resulta en todos los casos más conveniente, más para los hombres, como era de esperar.
Se puede suponer una distribución de cesantía distinta: Gauss invertida. Representa el caso de mayor cesantía en los primeros y últimos años de trabajo, lo que no es ilógico: dificultad para encontrar trabajo cuando se es joven y la misma situación en edad madura (ambas situaciones muy frecuentes hoy por hoy, por lamentable que nos parezca). Gráficamente tendríamos:
Para las damas, las dos secuencias de falta de imposiciones da el siguiente resultado:
En el caso de mayores períodos de cesantía al principio y final de la vida laboral, muestra una menor diferencia a favor del sistema de reparto, dado que éste calcula las pensiones según el sueldo promedio de los últimos 5 años.
Llevemos las proyecciones al extremo
He tratado de mostrar casos que favorecen el sistema de reparto, para no ser tildado de parcial y de querer dar la mejor imagen del sistema vigente.
Veamos el caso de una cesantía del 50%, caso damas y sueldo constantemente creciente en el tiempo (que desfavorecen al sistema vigente).
El resultado:
Con la cotización actual (10%), es cierto lo que dicen algunos analistas que no se alcanzan ni las pensiones con aporte solidario de acuerdo a la reforma previsional (Ley 20.255). Y que las pensiones con el sistema actual pueden dar montos de ¼ de lo que se obtendría con el sistema antiguo.
Mi sentido común: no parece realista que un sistema que sea racionalmente sostenible, pueda ofrecer buenas pensiones a quien sólo ha cotizado la mitad del tiempo que se supone debería estar laboralmente activo.
Con lo visto hasta aquí, digamos:
MITO: El sistema antiguo de reparto otorga pensiones muy superiores a las que se obtienen con el sistema vigente de capitalización individual.
MI JUICIO: FALSO. Depende de la situación particular de cada pensionado. Básicamente: los sueldos que haya tenido durante su vida laboral y su evolución en el tiempo; las lagunas de imposiciones que haya tenido y, su género. Y en el caso vigente, la rentabilidad que haya tenido su fondo de pensiones, variable inexistente en el sistema antiguo.
SISTEMAS EN OTROS PAÍSES
Para hacerme cargo de lo que indican muchos analistas, entre ellos uno de los mencionados al principio de este artículo (CENDA), sobre el éxito de los sistemas estatales y de reparto, tuve que indagar al respecto.
Mencionaré el caso de países al parecer exitosos y que nos son familiares: Alemania, Francia, Reino Unido, Suecia, Italia, Austria y Finlandia. No siempre pude obtener toda la información relativa a los países mencionados. En algunos casos, incluiré a USA, cuyo sistema es mixto y difícil de ser comentado en pocas líneas.
Primero indico conclusiones de carácter general, para luego dar algunas cifras.
1. El diseño de las pensiones en los países desarrollados ha ido cambiando en los últimos años, y sigue haciéndolo en el presente. Razón: el sistema de pensiones ha enfrentado sucesivas crisis y el Estado ha sido cada vez menos capaz de financiar su costo, debiendo absorber crecientes déficits.
2. Una primera causa: la relación entre cotizantes activos y pensionados, que es la base del sistema de reparto (las imposiciones de los que trabajan pagan las pensiones de los jubilados), ha ido disminuyendo sistemáticamente. Un artículo mencionaba que en promedio, en Europa, la relación bajará de 4 a 1,2 (en 3 décadas más). Motivo: la baja tasa de natalidad y el aumento de las expectativas de vida (Para la Comunidad Europea, se habla de 2 años de aumento por cada década).
Olvidándome de Europa por un momento: En Chile, el año 1960, la relación era de 10,8 activos por cada pensionado. El año 1980, antes del nuevo sistema, la relación había bajado a 2,2, haciéndose insostenible.
3. Los cambios que se han ido implantando, han tenido cierta gradualidad, de manera que su efecto sea atenuado en el presente. Las generaciones futuras deberán absorber el efecto total de las medidas.
4. En los países analizados (y también en Chile, antes de la entrada en vigencia del sistema de capitalización individual), parte de las cotizaciones son de cargo del trabajador y parte del empleador. En Alemania, es 50-50%. En Chile es 100% de cargo del trabajador.
5. Las cotizaciones para las pensiones son, en esos países, del orden del 20% del sueldo imponible; en Chile, 10%.
6. Los cambios han evolucionado a considerar las cotizaciones de toda la vida, y no sólo los últimos años: Alemania, Reino Unido, Suecia… Excepción Francia, que considera los mejores 25 años de cotización.
7. La edad legal para pensionarse se ha ido incrementado sistemáticamente. Vigentes hoy en Alemania, Reino Unido, Suecia e Italia: 65 años, con planes para ser aumentadas a futuro a 67 o 68 años. Francia: 60.
8. Igualmente, la edad mínima para jubilar, con penalizaciones importantes en el monto de la pensión, también ha sido aumentada. 62 años en Alemania, Francia y USA.
9. Y algo de lo que no queremos hablar, pero que los sistemas estatales y de reparto han tenido que hacer: igualar la edad para jubilar de hombre y mujeres. Alemania (65), Francia (60,3) y Suecia (65). Mantienen diferencia entre género: Reino Unido e Italia (65 y 60).
Caso USA
Ya dije que el sistema norteamericano es complejo, por lo que expondré dos opiniones.
La primera de un sobrino norteamericano, de 31 años y que así ve el futuro:
“Mi opinión es que si no cambia el sistema de alguna forma ahora ya, hay mucha gente que va a estar en peligro cuando lleguen a la edad del retiro, gente que no planificó bien de antemano, pensando que iban a poder vivir del "seguro social" del gobierno.
Quiere decir que yo no me podré retirar oficialmente hasta el 2045 (65 años) o más tarde si siguen cambiando la edad minima y no voy a recibir todo lo que coticé.
Yo creo que de aquí a que yo me retire, alguien (presidente), en algún momento, va a tener que tomar las riendas y cambiar el sistema, sea privatizándolo y dejando que cada uno maneje sus dineros, o buscando formas de mejorar el sistema actual”.
Y la otra, del Secretario del Tesoro Norteamericano, Timoty Geithner.
“Hay necesidad de actuar más pronto que tarde para hacer reformas al programa de retiros.
No debemos esperar que los fondos se agoten para hacer las reformas necesarias para proteger a los retirados actuales y futuros.
La Seguridad Social tuvo déficit el año 2010 por primera vez desde 1983 y se proyecta que tendrá déficit de aquí en adelante.”
Un caso interesante es el sistema sueco. Siendo estatal, tiene algunas similitudes con el sistema chileno. Se considera: a) lo cotizado durante toda la vida laboral; b) un plan de pensión mínima financiado con fondos del Estado; c) dos cuentas individuales: una ficticia, que no da derecho a los fondos pero sí a una pensión, y la otra, real, en que cada cotizante define donde se invierte. El concepto de reparto no está presente y d) planes pactados directamente con el empleador que abarca al 90% de los trabajadores (lo que no ocurre en Chile pero sí en USA).
MITO: Los sistemas estatales de reparto en los países desarrollados son eficientes y sostenibles.
MI JUICIO: FALSO. Han tenido que ser modificados frecuentemente para evitar su quiebra (insostenibilidad por parte del Estado), aumentando las edades para pensionarse y/o reducir el monto de las pensiones.
MITO: El sistema previsional chileno es, para el pensionado, mejor que el de reparto.
MI JUICIO: FALSO. Depende de la realidad de cada cual. Y tiene una cotización demasiado baja, una segregación por género y la ausencia de aportes por parte del empleador (punto delicado que hay que analizar).
REFLEXIÓN:
Para quienes aspiran a volver al sistema antiguo, con la esperanza de poder pensionarse a los 55 años las damas y 60 los varones (o antes), con pensiones altas un tanto independientes de lo que haya sido su cotización durante toda su vida laboral, y que estos sistemas son invariables y confiables en el tiempo, creo que la realidad de Europa y USA está demostrando que ello no es posible. Y estamos hablando de países harto más ricos que Chile.
Pondré ahora los datos para respaldar los valores mencionados.
Lo dicho: a futuro las edades para pensionarse serán de 67 años o más.
Como antecedente: Alemania permite pensionarse a los 62 años, siempre que se hayan tenido 35 años de cotización efectiva y se penaliza con un 3,5% de menor pensión por cada año que se anticipe.
La ausencia del aporte patronal en Chile, y el bajo monto de cotización (sistema “barato”), es un aspecto que hay que tener en cuenta.
CONCLUSIONES FINALES
Pasemos a las conclusiones de esta secuencia de 6 artículos destinados a los mitos y realidades del sistema previsional chileno.
1. En lo que respecta a rentabilidad del sistema vigente, hay que decir que en 30 años de historia, sus resultados superaron con creces las expectativas. La rentabilidad del Fondo C ha sido cercano al 9%, y si medimos la rentabilidad de la inversión hecha, la tasa interna de retorno ha sido 6,65%.
2. Las comisiones de las AFPs no son tan exorbitantes como algunos postulan, pero hay margen para que sean menores. Una disminución iría en beneficio de los futuros pensionados, aunque sin cambiar en forma drástica el monto de las pensiones. Y daría una buena señal por parte de las tan criticadas AFPs, respecto de su interés por prestar un servicio a un costo competitivo.
Un dato interesante: En la ley 10.475 del año 1952 que creó la caja de EMPART, se establecía que se podía destinar un 7,5% de sus ingresos para solventar sus gastos operacionales. Desde el año 2008, en las AFPs el cargo es del orden del 15% sobre lo cotizado. O sea, en el antiguo sistema ya se cobraba la mitad de lo que se hace hoy. Y yo creo que el actual sistema debería tener un costo mayor, dado que deben tener una estructura que permita obtener una rentabilidad de los depósitos de los cotizantes, función que no existía en el sistema de reparto. Y debe, adicionalmente, establecerse una razonable utilidad. De ahí mi postulado que las comisiones de las AFPs no tienen un margen demasiado amplio para su reducción.
3. En base a los antecedentes analizados, sigo con el convencimiento que el sistema de pensiones vigente es, conceptualmente, mejor que el de reparto. Sin embargo, existen problemas de fondo que es necesario abordar con urgencia para que sus resultados sean satisfactorios para los futuros pensionados. Los menciono a continuación planteando algunas líneas de acción para abordarlos.
4. Problema No.1: El sistema de capitalización individual supone una alta frecuencia de cotizaciones (sin lagunas importantes). Es lo deseable y esperable para personas laboralmente activas. Pero en la práctica, esa situación no se está dando. En algún artículo leí que en promedio, las cotizaciones cubren un 52% de la vida laboral de los trabajadores (as). En este escenario, no hay sistema que resista. La media de cesantía, que debería ser considerada como “normal” para las proyecciones, es sólo del orden del 7%. El problema radica en la precariedad del sistema laboral chileno: evasión de las imposiciones, con o sin la anuencia del trabajador; prestación de servicios sin contrato y por lo tanto, sin imposiciones; “tercerización” de servicios con precariedad de condiciones laborales; uso masificado de servicios por honorarios que sólo recientemente se estableció la obligatoriedad de cotizar las leyes sociales y finalmente, que los sueldos son en general bajos.
Por lo tanto, es imperioso que el aspecto previsional y laboral sean analizados y corregidos EN CONJUNTO. El uno sin el otro no dará resultados satisfactorios en lo que se refiere al monto de las pensiones.
Es un tema de largo aliento, que no admite improvisaciones y que requiere de una especial dedicación de políticos y expertos. Por no pertenecer a ninguno de los dos grupos, dejo planteado el problema hasta aquí.
5. Problema No.2: La discriminación respecto a las damas, que pretendiendo ser “positiva”, resulta absolutamente negativa. Si nos rendimos ante la evidencia de lo ocurrido en los países desarrollados, aún en el sistema de reparto, se ha evolucionado hacia la igualación de las edades para pensionarse para ambos géneros. El punto, que fue uno de los primeros que salió a luz pública cuando se inició el estudio de la reforma previsional que se concretó el año 2008, tuvo que ser retirado rápidamente por impopular. Debe dejar de ser tabú e implantarse (jubilación a los 65 años), con posibles alternativas a elección de las interesadas: cotizando lo establecido y pensionarse a la edad indicada, o adelantar la fecha de pensión mediante un porcentaje de cotización mayor.
6. Problema No.3: La falta de un aporte patronal debe ser analizada. Existe en la mayoría de los países y su aplicación en Chile podría corregir en buena parte los resultados que en muchos casos, resultan insatisfactorios.
Al igual que el Problema No.1, requiere ser analizado con lupa. Si hacemos un plebiscito vinculante, tema tan en boga hoy en día, y preguntamos: “¿Está Ud. de acuerdo que los empleadores deban cotizar en forma adicional para mejorar las pensiones de sus trabajadores?”, podemos ahorrarnos el costo del plebiscito. La respuesta sería un aplastante “SI”.
Pero hay que tener presente que la medida significa un aumento del costo laboral para las empresas.
Si a esto le sumamos que: a) Se habla de aumentar los impuestos, sobretodo a las empresas, para financiar los cambios estructurales que requiere la educación y b) que vendrán a futuro otras necesidades (la más inmediata, salud pública), que también requerirán recursos cuantiosos, se estaría gravando a las empresas con cargas que podrían tener un impacto negativo en la economía nacional y, en definitiva, contrario al buscado.
Cuando los costos de las empresas suben (o sus utilidades bajan), el resultado parece evidente: a) Deben reducirse los costos, y el estamento más afectado resulta ser normalmente el trabajo: reducción de personal y aumento de la cesantía, eliminación de las líneas de producción o de servicios menos rentables; b) Cese de actividades (quiebra) de empresas medianas y pequeñas cuya rentabilidad sea moderada y no puedan absorber el aumento de los costos y los tributos y c) Traslado de las actividades industriales o comerciales a países cuyo costo de la mano de obra (y de los impuestos) sea más conveniente. O Ud., estimado lector, cree que Pierre Cardin se estableció en China porque sentía una especial admiración por su famosa muralla?
Mi punto: el tema debe ser puesto en la mesa de debate con primera prioridad, pero dejando de lado reacciones viscerales y considerando la mejor conveniencia y equilibrio como sistema país.
7. Problema No.4: Menos serio que los anteriores pero no por ello hay que dejar de mencionarlo: El cambio de norma para el cálculo de las pensiones establecido por la Superintendencia de Pensiones. Hizo que bajaran las pensiones en la actualidad, en pos de obtener mejores pensiones futuras. Los pensionados se indignaron, con justa razón.
El tema lo traté en extenso en el artículo:
“Cambio de forma en el cálculo de retiros programados. Bajarán las pensiones el 2011”
Se encuentra en:
http://victorramio.blogspot.com/2011/02/cambio-de-forma-calculo-retiros.html
El cambio me parece poco ingenioso y ha servido para magnificar una insatisfacción que se ha ido incubando.
Creo que hay otras formas de obtener el resultado deseado (pensiones más estables en el tiempo). Estoy trabajando en ello y espero que alguien esté dispuesto a escucharme.
8. El año 2008 entro en vigencia la ley No.20.255, que reformó el sistema previsional. Se pretendía corregir las falencias que he mencionado. Se desaprovechó, como se dice ahora, una oportunidad histórica de perfeccionar el sistema. La reforma quedó corta. Introdujo cambios que, conceptualmente, parecían un avance. Algunos tópicos:
• Pensión básica solidaria ($75.000).
• Aporte previsional solidario para pensiones inferiores a $255.000 pero sólo para el 60% más pobre. Lo que no significa que las pensiones vayan a ser de ese monto. Para una pensión autofinanciada de $120.000, con el aporte solidario subiría a $155.000.
• Bonificación a las mujeres por hijo nacido vivo. Del orden de $327.000 por hijo, desde su nacimiento a la que se aplicará la rentabilidad del Fondo C. Pero se hace efectiva al cumplir la mujer los 65 años. ¿Mensaje que esa debería ser la edad de jubilación?
• Bonificación para trabajadores jóvenes. Subsidio estatal para trabajadores entre 18 y 35 años, por un período de 2 años.
• Obligatoriedad de cotizar para los trabajadores independientes.
• Bonificación estatal que beneficia el ahorro previsional voluntario.
Son mejoras, pero si se evalúa su efecto en el monto de las pensiones, se descubre que resulta moderado e insuficiente.
9. Por lo tanto: El sistema previsional vigente requiere de un profundo análisis y actualización, tomando en cuenta el beneficio país. No mañana, sino ahora. En forma analítica, fría, razonada y dejando de lado lo que pueda ser o no ser políticamente correcto. Estamos hablando del sustento de las personas mayores, de cuyo grupo esperamos ser parte algún día.
FIN SECUENCIA DE 6 PARTES SOBRE MITOS Y REALIDADES DEL SISTEMA PREVISIONAL CHILENO.
Sobre Educación
Hace 13 años